por el cual se modifica el Decreto número 1965 de 1938
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias de que está investido por la Ley 116 de 1938,
DECRETA:
Artículo 1º Modificase el Decreto número 1965 de 1938, así:
Sección tercera-Enseñanza secundaria.
Créase el puesto de Segunda Mecanógrafa, con asignación mensual de $ 80.
Auméntase a $ 90 el sueldo de la Mecanógrafa que actualmente existe en esta Sección.
Sección sexta-de Extensión Cultural.
Servicio de cinematografía:
Suprímese el puesto de Técnico de cine.
Créanse los puestos de Operador Filmador y Operador ce Proyecciones, con sueldos mensuales de $ 100 y $ 50, respectivamente.
Servicio de Museos:
Créase el puesto de Portero, con asignación mensual de $ 40.
Artículo 2º El presente Decreto surtirá efectos a partir del 1º de marzo en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de marzo de 1938.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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