por el cual se adiciona el Decreto 1214 de 1994 y se designan unos representantes
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 189, numerales 4º y 11 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionar el artículo 1º del Decreto 1214 de 1994, en el sentido de que con los propósitos allí indicados, el Gobierno Nacional podrá designar funcionarios del nivel nacional en los municipios en donde se desarrolle un proceso electoral.
Artículo 2º. Conforme al artículo anterior y para los propósitos indicados en el artículo 1º del Decreto 1214 de 1994, y como quiera que el día dos de abril del presente año se llevará a cabo la elección de Alcalde para el municipio de Cajicá, Cundinamarca, desígnanse los siguientes funcionarios del nivelnacional, como representantes del Gobierno Nacional:
Alfonso Campo Soto, Viceministro del Transporte
Ignacio Pombo, Secretario del Consejo de Ministros.
Artículo 3º. Los gastos de desplazamiento, así como los viáticos, serán reconocidos con cargo a los presupuestos de las entidades a las cuales estén vinculados los funcionarios designados.
Artículo 4º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquesey cúmplase
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de marzo de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Gobierno,
Horacio Serpa Uribe.
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