Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1932-03-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución dictada por el Director Técnico y el Administrador General de Higiene, así:

RESOLUCION NUMERO 59 DE 1932

(marzo 15)

por la cual se establece una Comisión Sanitaria en la Intendencia del Chocó.

El Director Técnico y el Administrador General de Higiene,

en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

RESUELVEN:

Artículo 1° Créase en la Intendencia Nacional del Chocó una Comisión Sanitaria, con el personal y las asignaciones siguientes:
Un Médico para la Provincia del Atrato, residente en Quibdó $ 150
Un Inspector 40
Un Médico para la Provincia de San Juan, residente en Istmina 150
Un Ayudante 40
Artículo 2° Los gastos que demande el cumplimiento del artículo anterior serán pagados así:

Por el Tesoro Nacional, con imputación al artículo 523, capítulo 66, Departamento Nacional de Higiene, del Presupuesto vigente, los sueldos del personal de la Provincia del Atrato, y por el Tesoro Intendencia del Chocó, los del personal de la Provincia de San Juan.

Al Médico de la primera de dichas Provincias se le reconoce el sueldo desde el primero de los corrientes, pues desde entonces ha venido prestando sus servicios con nombramiento de Médico de Sanidad del puerto de Quibdó.

Artículo 3° La Intendencia del Chocó hará todas las gestiones conducentes a obtener que los Municipios que la forman apropien en sus presupuestos las mayores partidas que les sea posible para desarrollar el plan de saneamiento.
Artículo 4° Con los fondos que apropien los Municipios conforme al artículo anterior, y los que sea posible dedicar de los Presupuestos Nacional e Intendencia, se atenderá a la instalación y funcionamiento del Hospital de San Francisco, construido en Quibdó para el servicio de la Intendencia.
Artículo 5° Los Médicos de que trata esta Resolución ejercerán, cada uno en su respectiva Provincia, las funciones correspondientes a los Directores Departamentales de Higiene, las que determina la Resolución número 443 de 1928, de la Dirección Nacional de Higiene, sobre lucha contra el mosquito, y las de Médicos escolares.
Artículo 6° Nómbrase Médicos de la Comisión Sanitaria del Chocó, a los señores doctor Antonio J. Rodríguez, para la Provincia del Atrato, y doctor Germán Abadía, para la Provincia de San Juan.

Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.

Comuníquese

Dada en Bogotá a quince de marzo de mil novecientos treinta y dos.

Enrique Enciso

Alejandro Villa Alvarez.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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