Por el cual se restablece una disposición del decreto orgánico de la Secretaría de Guerra i Marina
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Restablece a su fuerza i vigor la disposición contenida en el artículo 5.° del decreto reglamentario de la Secretaría de Guerra i Marina, de fecha 30 de mayo de 1873, en cuanto adscribe las revistas de Comisario a la Sección 2ª de la misma Secretaría.
Dado en Bogotá, a 26 de octubre de 1875.
S. PEREZ.
El Secretario de Guerra i Marina,
SÁNTOS ACOSTA.
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