Sobre dirección de las obras para el suministro de aguas en La Guajira
sobre dirección de las obras para el suministro de aguas en La Guajira.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Adscríbense al Comisario Especial de La Guajira las funciones de Director de las obras que adelanta el Ministerio de la Economía Nacional para la provisión de aguas en La Guajira.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1941,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierna
Jorge GARTNER
El Ministro de la Economía Nacional,
Mariano ROLDAN
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