Por el cual se crea un puesto
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que en el departamento de mujeres del Panóptico de esta ciudad permanecen diariamente por término medio hasta ciento cuarenta reclusas;
Que el artículo 4° del Decreto número 1256 de 1905 dispone que en ese departamento debe haber hasta tres Celadoras y que en la actualidad no hay sino una.
DECRETA:
Artículo único. Créase un puesto más de Celadora para el servicio del departamento de mujeres en el Panóptico de esta ciudad, con una asignación mensual igual a la que devenga la que hoy existe.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 7 de Junio de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
MIGUEL ABADIA MENDEZ
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