por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1995-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 3 de 1995 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 3 DE 1995

(marzo 1º)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

Para cada año calendario, y durante el último trimestre del año anterior, este presupuesto se preparará por la Federación, se aprobará por el Comité Nacional, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, y se ratificará posteriormente mediante decreto del Gobierno";

ACUERDA:

Artículo 1º. Apruébase el Presupuesto General del Fondo Nacional del Café para la vigencia de 1995, con la siguiente composición:

Ingresos corrientes Miles de pesos $
Por ventas de café 1.024.571.400
Ingresos por Contribuciones Obligatorias 442.963.000
Para el Fondo de Protección y Recuperación del Medio Ambiente 4.500.000
Ingresos Financieros 44.357.000
Otros Ingresos Corrientes 2.130.000
total Ingresos Corrientes 1.518.521.400
Egresos Corrientes
Compras de Café 698.447.000
Gastos de Operación y Comercialización:
Café en el interior y en el exterior 128.680.900
Gastos Financieros 109.779.800
Transferencia Ley 9ª 85.600.000
Total de egresos corrientes 1.022.507.700
Resultado Neto Operación Corriente. 496.013.700
Otros Ingresos y Egresos.
Otros ingresos 6.755.300
Otros egresos:
Programa de Subsidio, Fomento y Diversificación 69.529.000
Programa de Inversiones 46.853.000
Servicios prestados al Fondo por Federacafé 57.154.400
Gastos varios 6.132.800
Fondo Protección y Recuperación del Medio Ambiente 6.117.400
Amortización deuda largo plazo 154.381.000
Total Otros Egresos 340.167.600
Total Ingresos y (Egresos) Netos (333.412.300)
Superávit de Presupuesto 162.601.400
Aplicación Superávit 162.601.400

Artículo 2º. El valor de los servicios prestados al Fondo Nacional del Café por la Federación de Cafeteros incluye el monto de la Administración General en el exterior, la cual será ejecutada en dólares.

Artículo 3º. Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Aprobado en Santafé de Bogotá el primer (1º) día del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995).

(Fdo) El Presidente,

Rodrigo Múnera Zuloaga.

(Fdo) El Secretario,

Hernando Galindo Mayne.»

Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, a 30 de marzo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

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