Por el cual se crea una Escuela Normal y se destinan unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1945-03-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

y teniendo en cuenta:

DECRETA:

Articulo 1° Créase una Normal Rural en el Municipio de Roldanillo que se denominará Escuela Normal Jorge Isaacs.

La Escuela Normal Rural de Villa de Leiva se llamará Escuela Normal Rural Antonio Nariño.

Articulo 2° Para la organización, dotación y sostenimiento de los planteles a que se refiere el articulo anterior, destinan.se las sumas de $ 20.000 y $ 30.000, en su orden, las cuales se imputarán al Capítulo 69, artículo 1085 del Presupuesto vigente, apropiado para la formación de maestros de emergencia.

Parágrafo. Dichas partidas se distribuirán por decretos posteriores.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 3 de marzo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Carlos SANZ DE SANTAMARIA

El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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