Por el cual se distribuye una partida (ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1948-01-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que en el presupuesto de la vigencia fiscal en curso se apropió la suma de $ 600.000 para atender a los gastos de pavimentación de carreteras nacionales, mientras se perfecciona el empréstito contratado con el Banco de la República para atender a las obras de pavimentación de que trata la Ley 35 de 1945,

DECRETA :

Artículo 1° La suma de $ 600.000 apropiada en el Capítulo 100, artículo 1484 del Presupuesto de la vigencia de 1948, para pavimentación de carreteras nacionales, se distribuirá así:
a) Para atender al cumplimiento de los contratos celebrados o que se celebren sobre servicios de Laboratorio para pavimentación de carreteras nacionales $ 15.000.00
b) Para gastos generales de pavimentación de carreteras nacionales 22.000.00
c) Para pavimentación de la carretera La Pintada-Yarumal, sector Acevedo-Hatillo 30.000.00
d) Para pavimentación de la carretera Barranquilla-Cartagena, sector Barranquilla-Sabanalarga 30.000.00
e) Para pavimentación de la carretera Cartagena hacia Sincelejo, sector Cartagena-Gambote 30.000.00
f) Para pavimentación de la carretera Bogotá-Tunja hacia Cúcuta, sector Tunja-Duitama 30.000.00
g) Para pavimentación de la carretera Tunja hacia Cúcuta, sector Cúcuta-Pamplona 30.000.00
h) Para pavimentación de la carretera Popayán hacia Pasto, sector Popayán-Las Cruces 30.000.00
i) Para pavimentación de la carretera Pasto hacia Popayán, sector Pasto-Tambo-del Obispo 30.000.00
j) Para pavimentación de la carretera Manizales-Cartago 30.00.00
k) Para pavimentación de la carretera Cali-Candelaria-Palmira-Cartago, sector Palmira-Cartago 30.000.00
l) Para pavimentación de la carretera Cali-Candelaria-Palmira-Cartago, sector Cali-Palmira 13.000.00
ll) Para pavimentación de la carretera Bogotá-Fusagasugá, sector Sibaté-Fusagasugá 60.000.00
m) Para pavimentación de la carretera Bogotá-Villavicencio 40.000.00
n) Para pavimentación de la carretera Neiva, hacia Pitalito y San Agustín, sector Neiva-Hobo $ 30.000.00
o) Para pavimentación de la carretera Santa Marta hacia Fundación, sector Santa Marta-Ciénaga 30.000.00
p) Para pavimentación de la carretera Bucaramanga hacia Barbosa, sector Bucaramanga-Los Curos 30.000.00
q) Para pavimentación de la carretera Bucaramanga hacia Barbosa, sector San Gil-Socorro 30.000.00
r) Para pavimentación de la carretera Girardot-Ibagué 30.000.00
s) Para pavimentación de la carretera Bogotá-Honda, sector Villeta-Guaduas 30.000.00
Total $ 600.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de enero de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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