Por el cual se adiciona el Decreto número 3666 del 22 de diciembre de 1954, sobre calendarios escolares

Rango Decreto
Publicación 1955-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase el Decreto 3666 de 1954, así: Las Universidades del Sector Centro Oriental tendrán vacaciones intermedias desde el último día de mayo hasta el tercer domingo de junio. Las del Sector Sur Occidental tendrán vacaciones intermedias desde el 22 de diciembre hasta el próximo día hábil completo después del 6 de enero.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 14 de enero de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

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