Por el cual se fija el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”

Rango Decreto
Publicación 1990-01-04
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1o. A partir del 1° de enero de 1990, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, será de un mil cuarenta y dos pesos ($1.042.00) moneda corriente.
Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 11 de 1989, y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1990.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

William René Parra Gutiérrez.

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