Por el cual se reforma el decreto número 380 de 1928 (febrero 29)

Rango Decreto
Publicación 1928-04-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

considerando

Que la distribución de las partidas que figuran en la Ley de Apropiaciones vigente para las diversas Facultades de la Universidad Nacional debe hacerse de acuerdo con el monto de cada una de ellas,

decreta:

Artículo 1.° Distribuyese la suma de $ 60,000, que figura en la Ley de Apropiaciones del corriente año para que se pague el personal y asignaciones de los empleados de la Facultad de Medicina, según dispuesto en el artículo 2 del Decreto número 380 de 1928 ( febrero 29).
Artículo 2.° Distribuyese la suma de $ 27,000, que figura en la presente vigencia para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería para pagar el personal y asignaciones de los empleados de la Facultad en él corriente año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.° del Decreto mencionado en el artículo anterior.
Artículo 3.° Distribuyese la suma de $ 18,000, qué figura en la presente vigencia para que se pague el personal y asignaciones de los empleados de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, de acuerdo con lo ordenado en él artículo 4. del Decreto a que se hace mención en los artículos anteriores.
Artículo 4.° Tan pronto como se hayan agotado las partidas en referencia, el Ministerio de Educación Nacional solicitará del Gobierno, al tenor de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 11 de 1927, la apertura de los créditos administrativos que fueren necesarios.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de marzo de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Educación Nacional,

J. Vicente HUERTAS

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