Por el cual se concede una gracia a los enfermos de Contratación
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Los enfermos de los Lazaretos que se encuentren en estado de pobreza, los Capellanes de éstos y los RR. PP. Salesianos, pagarán solamente la cuarta parte de la tarifa telegráfica vigente, ó sea á medio centavo la palabra, siempre que los despachos no traten de asunto de negocio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 14 de Junio de 1904
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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