Por el cual se distribuye una partida global, destinada al pago de aportes de la Nación para el sostenimiento de centros de Higiene y campañas sanitarias

Rango Decreto
Publicación 1956-04-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los Decretos extraordinarios números 3842 de 1949 y 3319 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 283, artículo 2855 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso para el pago de aportes de la Nación con destino al sostenimiento de organismos de salubridad y campañas sanitarias de toda clase, según contrato con los Departamentos, Intendencias y Comisarías, Municipios y otras entidades, en el año"

hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 283

Artículo 2855

Clave económica 104:

Ordinal 1°Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Atlántico según contrato 333.000.00
Ordinal 2° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Antioquia según contrato 750.060.00
Ordinal 3° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Bolívar según contrato 573.096.00
Ordinal 4° Para los Gastos Sanitarios en el. Departamento de Boyacá, según contrato 895.000.00
Ordinal 5° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Córdoba, según contrato 300.000.00
Ordinal 6° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Caldas, según, contrato 625.000.00
Ordinal 7° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Cauca según contrato 475.000.00
Ordinal 8° Para las Campañas Sanitarias en el. Departamento de Cundinamarca, según contrato 827,680.00
Ordinal 9° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Nariño según contrato 713.000.00
Ordinal 10. Para las Campañas Sanitarias en el departamento del Magdalena según contrato 700.000.00
Ordinal 11°.Para las Campañas Sanitarias .en el Departamento de Santander según contrato 850.000.00
Ordinal 12° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Norte de Santander según contrato 565.000.00
Ordinal 13° Para las Campañas sanitarias en el departamento del Tolima, según contrato 600.000.00
Ordinal, 14° Para: las Campañas Sanitarias en el Departamento, del .Valle según contrato 575.008.00
Ordinal .15. Para él sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene de Cúpula, según contrato 150.000.00
Ordinal.16 Para sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene, de Neiva según contrato 69.320,00
Total 9.000.000.00

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D:E a 14 de marzo de 1956

General Jefe Supremo

GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Carlos Villaveces

El Ministro de Salud Pública

Gabriel Velásquez Paláu,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.