Por el cual se distribuye una partida global, destinada al pago de aportes de la Nación para el sostenimiento de centros de Higiene y campañas sanitarias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los Decretos extraordinarios números 3842 de 1949 y 3319 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 283, artículo 2855 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso para el pago de aportes de la Nación con destino al sostenimiento de organismos de salubridad y campañas sanitarias de toda clase, según contrato con los Departamentos, Intendencias y Comisarías, Municipios y otras entidades, en el año"
hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 283
Artículo 2855
Clave económica 104:
| Ordinal 1°Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Atlántico según contrato | 333.000.00 |
|---|---|
| Ordinal 2° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Antioquia según contrato | 750.060.00 |
| Ordinal 3° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Bolívar según contrato | 573.096.00 |
| Ordinal 4° Para los Gastos Sanitarios en el. Departamento de Boyacá, según contrato | 895.000.00 |
| Ordinal 5° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Córdoba, según contrato | 300.000.00 |
| Ordinal 6° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Caldas, según, contrato | 625.000.00 |
| Ordinal 7° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Cauca según contrato | 475.000.00 |
| Ordinal 8° Para las Campañas Sanitarias en el. Departamento de Cundinamarca, según contrato | 827,680.00 |
| Ordinal 9° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Nariño según contrato | 713.000.00 |
| Ordinal 10. Para las Campañas Sanitarias en el departamento del Magdalena según contrato | 700.000.00 |
| Ordinal 11°.Para las Campañas Sanitarias .en el Departamento de Santander según contrato | 850.000.00 |
| Ordinal 12° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Norte de Santander según contrato | 565.000.00 |
| Ordinal 13° Para las Campañas sanitarias en el departamento del Tolima, según contrato | 600.000.00 |
| Ordinal, 14° Para: las Campañas Sanitarias en el Departamento, del .Valle según contrato | 575.008.00 |
| Ordinal .15. Para él sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene de Cúpula, según contrato | 150.000.00 |
| Ordinal.16 Para sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene, de Neiva según contrato | 69.320,00 |
| Total | 9.000.000.00 |
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D:E a 14 de marzo de 1956
General Jefe Supremo
GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Carlos Villaveces
El Ministro de Salud Pública
Gabriel Velásquez Paláu,
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