Por el cual se declara un día de vacaciones civiles

Rango Decreto
Publicación 1908-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el día 20 del presente llegará a esta capital el Excelentísimo señor Presidente de la República; 2°. Que una Junta particular está preparando una recepción solemne de aquel alto Magistrado, en la que tomarán parte todas las clases sociales de la ciudad, y que es necesario facilitar el medio de que los empleados públicos puedan asociarse á esa manifestación de respeto y gratitud al Jefe del Estado, al regresar á esta capital después de un viaje emprendido sólo en beneficio de los intereses públicos,

DECRETA:

Artículo único. Declárese día de vacación civil el de la llegada á esta capital del Excelentísimo señor Presidente de la República para todos los funcionarios públicos y para todos los colegios y escuelas é institutos oficiales de instrucción pública del Distrito Capital y de los vecinos departamentos de Cundinamarca y Quesada.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 16 de Mayo de 1908.

El Ministro de Gobierno,

El Subsecretario de Instrucción Pública encargado del Despacho,

Diego Rafael de Guzmán

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