Por el cual se declara un día de vacaciones civiles
El encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el día 20 del presente llegará a esta capital el Excelentísimo señor Presidente de la República; 2°. Que una Junta particular está preparando una recepción solemne de aquel alto Magistrado, en la que tomarán parte todas las clases sociales de la ciudad, y que es necesario facilitar el medio de que los empleados públicos puedan asociarse á esa manifestación de respeto y gratitud al Jefe del Estado, al regresar á esta capital después de un viaje emprendido sólo en beneficio de los intereses públicos,
DECRETA:
Artículo único. Declárese día de vacación civil el de la llegada á esta capital del Excelentísimo señor Presidente de la República para todos los funcionarios públicos y para todos los colegios y escuelas é institutos oficiales de instrucción pública del Distrito Capital y de los vecinos departamentos de Cundinamarca y Quesada.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 16 de Mayo de 1908.
- D. EUCLIDES DE ANGULO
El Ministro de Gobierno,
- m. VARGAS
El Subsecretario de Instrucción Pública encargado del Despacho,
Diego Rafael de Guzmán
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