Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para sueldos y gastos de sostenimiento de las Oficinas de Sanidad Portuaria

Rango Decreto
Publicación 1956-04-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 283, artículo 2862 del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso para sueldos del personal de las Oficinas de Sanidad Portuaria (aérea, terrestre marítima y fluvial) de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Buenaventura, en el año hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 283

Artículo 2862

Clave económica 001

Código de oficina 281

Ordinal 1°Para sueldos del .personal de la Oficina de Sanidad Portuaria en Barranquilla, durante el año

$ 55.200.00 así:

Mensual Anual
Médico Jefe 1.000.00 12.000.00
Médico de Puerto 650.00 7,800,00
Secretaria Contador Almacenista 420.00 5.040.00
Oficial Mayor 300.00 3.600.00
Mecanógrafa 200.00 2.400.00
Enfermera Vacunadora 190.00 2.280.00
Auxiliar de Laboratorio 180.00 2.160.00
2 Inspectores (marítimo y aéreo) a $ 230.00. cada uno 400.00 5.520.00
2 Inspectores Fluviales a $ 200.00 cada uno 500.00 6.000.00
Piloto de Lancha 200.00 2.400.00
Marinero de Lancha 150.00 1.900.00
Chofer 200.00 2.400.00
Portero 150.00 1.800.00
Totales 4.600.00 55.200.00
Código de oficina Ordinal 282
Para sueldos del personal de la oficina de Sanidad: Portuaria en Cartagena, en el año $ 20.400.00 así: Mensual Anual
Médico de Puerto 650,00 7.800.00
Inspector Secretario 250.00 3.000.00
2 Inspectores de Saneamiento, a $ 230.00 cada uno 403.00 5.520.00
Vacunadora 160.00 1.920.00
Piloto de Lancha 180.00 2.160.00
Totales 1.700,00 20.4.00.00
Código de oficina 283
Ordinal 3° Para sueldos del personal, de la Oficina de Sanidad Portuaria.de Santa Marta, en el año, $ 10.560.00 así
Médico de Puerto 650.00 $ 7.800.00
Inspector Secretario 230.00 2.760.00
Totales 890.00 10.560.00
Código de oficina 284
Ordinal 4° Para sueldos del personal de la Oficina de Sanidad Portuaria de Buenaventura, en el año 23.820.00 así:
Mensual Anual
Medico de puerto 650.00 7.800.00
Secretario Contador Almacenista 320.00 3.840.00
2 Inspectores a 230.00 cada uno 460.00 5.520.00
Piloto de Lancha 180.00 2.160.00
Vacunadora 150.00 1.800.00
Portero 105.00 1.260.00
Celador de la Estación de Cuarentena 120.00 1.440.00
Totales 1.985.00 $ 23.820.00
Artículo segundo. De la partida global apropiada en el Capítulo 283, artículo 2863 del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso para gastos de sostenimiento viáticos, transportes etc., de las Oficinas de Sanidad Portuaria que funcionan en el país, en el año hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 283 Artículo 2863

Clave económica 003

Código de oficina 281

Ordinal 1° Para gastos de sostenimiento, viáticos y transportes de la Oficina de Sanidad Portuaria en Barranquilla, en el año $ 22.840.00
Código de oficina 282.
Ordinal 2° Para gastos de sostenimiento, viáticos y transportes, de la Oficina de Sanidad Portuaria en Cartagena en el año $ 6.600.00
Código de oficina 283
Ordinal 3° Para gastos de sostenimiento, viáticos y transportes de la Oficina de Sanidad Portuaria en Santa Marta en el año $ 3.600.00
Código de oficina 284
Ordinal 49
Para gastos de sostenimiento viáticos transportes, etc., de la Oficina de Sanidad Portuaria en Buenaventura, en el año $ 16.980.00
Artículo tercero. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán al Capítulo 283, artículos 2862 y 2863 del Presupuesto Nacional para la presente vigencia, de conformidad con ,1a distribución efectuada en los artículos primero y segundo

Comuníquese y cúmplase

Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1956.

General Jefe Supremo

GUSTAVO HOJAS PINILLA,

Presidente de Colombia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Salud Pública

Gabriel Velásquez Palau

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