Por el cual se reorganiza el Cuerpo de Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1904-06-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 490, de fecha 3 del mes en curso, fue declarado inexequible y sin ningún efecto el de carácter legislativo sin número, de 9 de Marzo último, por el cual se reforman los Presupuestos nacionales de Rentas y Gastos del bienio de 1903 y 1904;

Que según el artículo 4º del Decreto legislativo número 1475, de 1º de Octubre de 1902, está autorizado el Ministerio de Gobierno para reorganizar el Cuerpo de Policía, señalar sueldos a los empleados de éste, crear o suprimir empleos cuando lo crea conveniente,

DECRETA:

Artículo único. Desde el día 1º del presente mes de Junio el personal y sueldos de los empleados del Cuerpo de Policía Nacional serán los siguientes:

DIRECCIÓN GENERAL

Un Director, con $80
Un Subdirector 60
Un Inspector general 55
Un Instructor 55
Un Secretario de la Dirección 50
Un Oficial 1º 30
Un Oficial 2º 26
Tres Escribientes, cada uno 24

HABILITACION

Un Habilitado 40
Un Ayudante 30

CUERPO MEDICO

Un Médico 25
Un Ayudante 20

COMISARIA ESPECIAL

Un primer Comisario especial 50
Un segundo Comisario especial 50
Dos Secretarios, cada uno 30
Dos Escribientes, cada uno 24

SECCION DE JUSTICIA

Un Comisario Jefe 45
Un Comisario de 2ª clase 35
Un Comisario Mayor de 3ª 30
Un Comisario de 3ª 28
Veintidós Agentes de 1ª clase, cada uno 24
Treinta y dos de 2ª clase, cada uno 22
Dos Escribientes, cada uno 24

INSPECCION DE PERMANENCIA

Cuatro Inspectores de Permanencia, cada uno 30
Cuatro Secretarios, cada uno 26

DIVISIONES

Doce Comisarios Jefes, cada uno 45
Dos Comisarios mayores de 2ª clase, cada uno 40
Catorce Comisarios de 2ª clase, cada uno 30
Trece Comisarios mayores de 3ª, cada uno 28
Veintiún Comisarios de 3ª, cada uno 25
Diez Secretarios, cada uno 23
Doscientos Agentes de 1ª clase, cada uno 21
Mil trescientos Agentes de 2ª clase, cada uno 18

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 15 de junio de 1904.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

ESTEBAN JARAMILLO

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