Sobre creación de un diario semioficial
El Presidente de la República
En uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
Que el régimen de la Ley marcial implica la suspensión de la libertad de la prensa;
Que la propagación de falsas noticias mantiene el alarma y da estímulo á los perturbadores;
Que es un deber del Gobierno tener á la Nación al corriente del curso de los sucesos de la guerra y de las providencias dictadas con la mira del pronto restablecimiento del orden público; y
Que no es posible dar cabida en el Diario Oficial á todos estos documentos,
DECRETA:
Art. 1.° Desde la fecha de este Decreto comenzará á publicarse en Bogotá un periódico diario, que se editará en la Imprenta Nacional y que se intitulará El Orden Público. Los gastos que ocasione esta publicación se harán por cuenta del Gobierno.
Art. 2.° El Director del periódico semioficial creado por este Decreto ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que le comunicará el Ministro de Gobierno.
Art. 3.° Facúltase al Director de El Orden Público para organizar y reglamentar su administración, nombrando los Agentes que estime necesarios al efecto.
Art. 4.° Destínanse los productos del periódico, sea que procedan de venta de ejemplares, de suscripciones, de avisos ó de comunicados, para atender al pago de sueldos del Director, de sus empleados ó Agentes y de los gastos de administración; en consecuencia, no se asigna sueldo á dicho Director.
Art. 5.° Nómbrase Director de El Orden Público al Sr. Dr. Juan A. Zuleta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Anapoima, Departamento de Cundinamarca, á 13 de Noviembre de 1899.
MANUEL A. SANCLEMENTE
El Ministro de Gobierno,
RAFAEL M. PALACIO
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