por medio del cual se establecen la metodología y los criterios objetivos para la determinación del sistema de franjas de precios

Rango Decreto
Publicación 1995-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6º de 1971 y 7º de 1991,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 07 de 1991, en su artículo 9º faculta al Gobierno Nacional para establecer Sistemas de Aranceles Variables y sus instrumentos operativos, con el objeto de estabilizar los costos de importación de los productos agropecuarios y agroindustriales relacionados con éstos, cuando quiera que los precios de los mismos sean altamente inestables en los mercados internacionales.

Que la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena establece el Sistema Andino de Franjas de Precios.

Que el Sistema Andino de Franjas de Precios tiene los mismos objetivos, mecanismos, procedimientos de un sistema de aranceles variables,

DECRETA:

CAPITULO I.

Objetivos

Artículo 1º. Adóptase el Sistema Andino de Franjas de Precios previsto en la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, con el objetivo principal de estabilizar el costo de importación de un grupo especial de productos agropecuarios caracterizados por una marcada inestabilidad de sus precios internacionales, o por graves distorsiones de los mismos.
Artículo 2º. Para los efectos señalados en el artículo anterior, a las importaciones de los productos mencionados originarios de terceros países, se aplicarán derechos variables adicionales al arancel ad-valorem vigente para terceros países cuando los precios internacionales de referencia CIF de dichos productos sean inferiores a determinados niveles piso. Así mismo, se aplicarán rebajas al gravamen ad-valorem vigente para terceros países para reducir el costo de importación cuando los precios internacionales de referencia CIF sean superiores a determinados niveles techo.

CAPITULO II.

Elementos del sistema

Artículo 3º. El sistema de franjas de precios está constituido por los siguientes elementos:

CAPITULO III.

Productos sujetos al mecanismo

Artículo 4º. El sistema comprende dos clases de productos:
Artículo 5º. Productos marcadores. Los productos marcadores son aquellos productos agropecuarios cuyos precios internacionales son utilizados para el cálculo de las franjas de precios. Los productos marcadores son los denominados y comprendidos en las siguientes subpartidas arancelarias:
02.03.29.00.00 02.07.41.00.00 04.02.21.10.90
10.01.10.90.00 10.03.00.90.00 10.05.90.11.00
10.05.90.12.00 10.06.30.00.00 12.01.00.90.00
15.07.10.00.00 15.11.10.00.00 17.01.11.90.00
17.01.99.00.00
Artículo 6º. Productos derivados y sustitutos. Son aquellos productos obtenidos mediante transformación o mezcla de productos marcadores, o que pueden reemplazar en el uso industrial o en el consumo, a un producto marcador o derivado. El Sistema de Franjas de Precios cubre los productos derivados y sustitutos cuya inclusión es indispensable para evitar desviaciones en el comercio o desequilibrios en la estructura de protección efectiva.

Para los productos marcadores señalados en el artículo anterior, sus respectivos productos derivados o sustitutos son los denominados y comprendidos en las siguientes subpartidas arancelarias:

1. FRANJA DE LA CARNE DE CERDO
02.03.11.00.00 02.03.11.00.00 02.03.12.00.00 02.03.12.00.00 02.03.19.00.00
02.03.21.00.00 02.03.21.00.00 02.03.22.00.00 02.03.22.00.00 02.10.12.00.00
02.10.19.00.00 02.10.19.00.00
2. FRANJA DE LOS TROZOS DE POLLO
02.07.39.00.00 02.07.39.00.00 02.07.42.00.00 02.07.42.00.00 02.07.43.00.00
3. FRANJA DE LA LECHE
04.01.10.00.00 04.01.10.00.00 04.01.20.00.00 04.01.20.00.00 04.01.30.00.00
04.02.10.00.10 04.02.10.00.10 04.02.10.00.90 04.02.10.00.90 04.02.21.10.10
04.02.21.90.00 04.02.21.90.00 04.02.29.10.10 04.02.29.10.10 04.02.29.10.90
04.02.29.90.00 04.02.29.90.00 04.02.91.10.00 04.02.91.10.00 04.02.91.90.00
04.02.99.90.00 04.02.99.90.00 04.04.10.90.00 04.04.10.90.00 04.04.90.00.00
04.05.00.10.00 04.05.00.10.00 04.05.00.20.00 04.05.00.20.00 04.05.00.90.00
04.06.30.00.00 04.06.30.00.00 04.06.90.10.00 04.06.90.10.00 04.06.90.20.00
04.06.90.30.00 04.06.90.30.00 04.06.90.90.00 04.06.90.90.00
4. FRANJA DEL TRIGO
10.01.90.20.90 10.01.90.20.90 10.01.90.30.00 10.01.90.30.00 11.01.00.00.00
11.03.11.00.00 11.03.11.00.00 11.08.11.00.00 11.08.11.00.00
5. FRANJA DE LA CEBADA
11.07.10.00.00 11.07.10.00.00 11.07.20.00.00 11.07.20.00.00
6. FRANJA DEL MAÍZ AMARILLO
02.07.10.10.00 02.07.10.10.00 02.07.10.20.00 02.07.10.20.00 02.07.10.30.00
02.07.21.00.00 02.07.21.00.00 02.07.22.00.00 02.07.22.00.00 02.07.23.00.00
10.01.90.20.10 10.01.90.20.10 10.05.90.90.10 10.05.90.90.10 10.05.90.90.90
10.07.00.90.00 10.07.00.90.00 11.08.12.00.00 11.08.12.00.00 11.08.19.00.00
17.02.30.20.00 17.02.30.20.00 17.02.30.90.00 17.02.30.90.00 17.02.40.10.00
17.02.40.20.00 17.02.40.20.00 23.02.10.00.00 23.02.10.00.00 23.02.30.00.00
23.02.40.00.00 23.02.40.00.00 23.08.90.00.00 23.08.90.00.00 23.09.10.00.00
23.09.90.10.00 23.09.90.10.00 23.09.90.90.00 23.09.90.90.00 35.05.10.00.00
35.05.20.00.00 35.05.20.00.00
7. FRANJA DEL MAÍZ BLANCO
11.02.20.00.00 11.02.20.00.00
8. FRANJA DE ARROZ
10.06.10.90.00 10.06.10.90.00 10.06.20.00.00 10.06.20.00.00 10.06.40.00.00
9. FRANJA DEL FRÍJOL SOYA
12.02.10.90.00 12.02.10.90.00 12.02.20.00.00 12.02.20.00.00 12.05.00.90.00
12.06.00.90.00 12.06.00.90.00 12.07.40.90.00 12.07.40.90.00 12.07.99.90.00
12.08.10.00.00 12.08.10.00.00 12.08.90.00.00 12.08.90.00.00 23.01.20.10.00
23.04.00.00.00 23.04.00.00.00 23.06.10.00.00 23.06.10.00.00 23.06.30.00.00
23.06.90.00.00 23.06.90.00.00
10. FRANJA DEL ACEITE DE SOYA
15.07.90.00.10 15.07.90.00.10 15.07.90.00.90 15.07.90.00.90 15.08.10.00.00
15.08.90.00.00 15.08.90.00.00 15.12.11.00.00 15.12.11.00.00 15.12.19.00.00
15.12.21.00.00 15.12.21.00.00 15.12.29.00.00 15.12.29.00.00 15.14.10.00.00
15.14.90.00.00 15.14.90.00.00 15.15.21.00.00 15.15.21.00.00 15.15.29.00.00
15.15.50.00.10 15.15.50.00.10 15.15.50.00.90 15.15.50.00.90 15.15.90.00.00
11. FRANJA DEL ACEITE DE PALMA
15.01.00.10.00 15.01.00.20.00 15.01.00.20.00 15.01.00.90.00 15.01.00.90.00
15.02.00.11.00 15.02.00.19.00 15.02.00.19.00 15.02.00.90.00 15.02.00.90.00
15.03.00.00.00 15.06.00.10.00 15.06.00.10.00 15.06.00.90.00 15.06.00.90.00
15.11.90.00.00 15.13.11.00.00 15.13.11.00.00 15.13.19.00.00 15.13.19.00.00
15.13.21.10.00 15.13.29.10.00 15.13.29.10.00 15.15.30.00.00 15.15.30.00.00
15.16.20.00.00 15.17.10.00.00 15.17.10.00.00 15.17.90.00.00 15.17.90.00.00
15.18.00.10.00 15.18.00.90.00 15.18.00.90.00 15.19.11.00.00 15.19.11.00.00
15.19.12.00.00 15.19.13.00.00 15.19.13.00.00 15.19.19.00.00 15.19.19.00.00
12. FRANJA DEL AZÚCAR CRUDO
17.01.12.00.00
13. FRANJA DEL AZÚCAR BLANCO
17.01.91.00.00 17.02.10.10.10 17.02.10.10.10 17.02.10.10.20 17.02.10.10.20
17.02.60.10.00 17.02.60.20.00 17.02.60.20.00 17.02.90.20.00 17.02.90.20.00
17.02.90.30.00 17.02.90.40.00 17.02.90.40.00 17.02.90.90.10 17.02.90.90.10
17.02.90.90.90 17.03.10.00.00 17.03.10.00.00 17.03.90.00.00 17.03.90.00.00

CAPITULO IV.

Reglas para determinar los precios piso y techo

Artículo 7º. La franja de precios correspondientes a cada uno de los productos marcadores referidos en el artículo 5º del presente Decreto, se calculará en dólares de los Estados Unidos de América por tonelada métrica, según el siguiente procedimiento:

PRODUCTO: CARNE DE CERDO

Mercado de referencia: Boston Butts, 4-8#, Central US FOB Omaha, fuente USDA, más fletes internos de ciento diez dólares (US$110) por tonelada métrica, actualizables anualmente.

PRODUCTO: TROZOS DE POLLO

Mercado de referencia: Carne de Pollo. Precios diarios Trucklot para pollos Grado A de 2 a 3.5 libras. Noreste de los Estados Unidos de América. Cotizaciones reportadas por Urner Barry Publications Inc., más fletes internos de 87 dólares por tonelada, actualizables anualmente.

Productos: Leche en polvo

Mercado de referencia: Leche entera en polvo sin azucar, precios promedio mensuales FOB Nueva Zelandia. Fuente: Statistics New Zeland, cifras oficiales de exportaciones mensuales en volumen y valor. Los precios de referencia quincenales serán equivalentes al último promedio mensual disponible.

Producto: Trigo

Mercado de referencia: Trigo Hard Red Winter número 2, FOB Golfo, con base en cotizaciones diarias de cierre, primera posición, en la Bolsa de Kansas. Fuente Reuter.

Producto: Cebada

Mercado de referencia: Cebada Cervecera USA número 2, FOB Portland, con base en cotizaciones diarias reportadas por USDA. Fuente Reuter.

Producto: Maíz amarillo

Mercado de referencia: Maíz Amarillo número 2, FOB Golfo, con base en la Bolsa de Chicago. Cotizaciones diarias de cierre, primera posición. Fuente Reuter.

Producto: Maíz blanco

Mercado de referencia: Maíz Amarillo número 2, FOB Golfo, con base en la Bolsa de Chicago. Cotizaciones diarias de cierre, primera posición. Fuente Reuter. Estas cotizaciones serán ajustadas por un factor de 1.21, el cual será actualizado anualmente con base en observaciones de los últimos 5 años.

Producto: Arroz

Meercado de referencia: Arroz Blanco con 10% de granos partidos, FOB Bangkok, cotizaciones semanales correspondientes a "trader". Fuente Reuter.

Producto: Soya

Mercado de referencia: Soya Amarilla USA número 2, FOB Golfo, con base en cotizaciones diarias de cierre, primera posición, en la Bolsa de Chicago. Fuente Reuter.

Producto: Aceite de soya

Mercado de referencia: Aceite Crudo de Soya, FOB Argentina, con base en cotizaciones semanales. Fuente Oil World.

Producto: Aceite de palma

Mercado de referencia: Aceite Crudo de Palma, CIF Rotterdam, North West Europe, con base en cotizaciones semanales. Fuente Oil World.

Producto: Azúcar blanco

Mercado de rederencia: Azúcar Crudo, Contrato número 11 de la Bolsa de Nueva York, cotizaciones diarias de cierre, primera posición. Fuente Reuter

Producto: Azúcar blanco

Mercado de referencia: Azúcar Blanco Refino, Contrato número 5 de la Bolsa de Londres, cotizaciones diarias spot, FOB Londres. Fuente Reuter.

Producto Marcador Fletes en dólares de los Estados Unidos de América por tonelada métrica Seguro, como porcentaje del costo FOB más flete %
Carne de Cerdo 150 0.5
Trozos de Pollo 150 0.5
Leche Entera en Polvo 130 0.5
Trigo 20 0.5
Cebada 20 0.5
Maíz Amarillo 20 0.5
Maíz Blanco 20 0.5
Arroz Blanco 35 0.5
Fríjol Soya 20 0.5
Aceite crudo de soya 35 0.5
Aceite Crudo de Palma 40 0.5
Azúcar Crudo 25 0.5
Azúcar Blanco 25 0.5
Producto marcador Factor
Carne de Cerdo +0.5
Trozos de Pollo +0.5
Leche en Polvo
Entre abril 1º de 1995 y marzo 31 de 1996 -0.50
Entre abril 1º de 1996 y marzo 31 de 1997 -0.43
Entre abril 1º de 1997 y marzo 31 de 1998 -0.36
Entre abril 1º de 1998 y marzo 31 de 1999 -0.29
Entre abril 1º de 1999 y marzo 31 del 2000 -0.21
Entre abril 1º del 2000 y marzo 31 del 2001 -0.14
Entre abril 1º del 2001 y marzo 31 del 2002 -0.07
A partir de abril 1º del 2002 0.00
Trigo +0.5
Cebada +0.5
Maíz Amarillo
Entre abril 1º de 1995 y marzo 31 de 1997 -1.0
Entre abril 1º de 1997 y marzo 31 de 1998 -0.9
Entre abril 1º de 1998 y marzo 31 de 1999 -0.8
Entre abril 1º de 1999 y marzo 31 del 2000 -0.7
Entre abril 1º del 2000 y marzo 31 del 2001 -0.6
A partir de abril 1º del 2001 -0.5
Maíz Blanco +0.5
Arroz Blanco +0.5
Fríjol Soya +0.5
Aceite de Soya +0.5
Aceite de Palma +0.5
Azúcar Crudo 0.0
Azúcar Blanco 0.0

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