por el cual se suprime un empleo, se fija una asignación y se reorganiza el Cuerpo de Carteros de una Oficina, en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República, de Colombia
en uso de sus facultades legales,
Decreta:
Artículo 1.º Suprímase la plaza de Cartero de la Oficina Telegráfica de Purí, y fíjese en $ 6 la asignación mensual del Cartero de la de Trinidad.
Artículo 2.º El Cuerpo de Carteros de la Oficina Telegráfica de Medellín tendrá el personal y asignaciones siguientes:
Un Jefe, con $ 40.
Un Subjefe, con $ 30.
Diez Carteros, cada uno con $ 12.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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