Por el cual se hacen unos cambios en la nómina del personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telegrafos
por el cual se hacen unos cambios en la nómina del personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes modificaciones en la nómina del personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos:
| Proveeduría y Almacén General. | ||
|---|---|---|
| Suprímense las siguientes plazas: | ||
| Subproveedor Almacenista, José D. Aranda | $ | 150.00 |
| Oficial Mayor, Aura Tovar | 120.00 | |
| Oficial de Cuentas Corrientes, Arturo Niebles | 90.00 | |
| Rebájase la asignación del Habilitado Proveedor Almacenista | ||
| General, cambiándole la denominación por la de Proveedor | ||
| Almacenista General, sin que requiera nuevo nombramiento, en | 50.00 | |
| $ | 410.00 | |
| Habilitación. | ||
| Créase la Habilitación del Ministerio, con el siguiente personal: | ||
| Habilitado Pagador, José D. Aranda | $ | 170.00 |
| Oficial 1° Aura Tovar | 120.00 | |
| Oficial 2° Arturo Niebles | 100.00 | |
| $ | 390.00 |
Parágrafo. Los sueldos continuarán pagándose con cargo al capítulo 71, artículo 958, de las apropiaciones vigentes.
Artículo 2° El presente Decreto entrará en vigencia el primero de abril próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D'COSTA
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