Por el cual se aclara una disposición del Decreto 349 de 1964
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales
DECRETA:
Artículo único. Aclárase el parágrafo 1º del artículo 3º del Decreto 349 de 1964, en el sentido de conceder el derecho al Diploma de Academia Superior de Policía a los Oficiales en el grado de Teniente Coronel que hayan adelantado y aprobado la totalidad de las materias del curso correspondiente para ascenso a dicho grado, con un promedio general no inferior a ocho (8) sobre diez (10) y ninguna calificación inferior a siete (7) sobre diez (10) o su equivalencia.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D.E. a marzo 6 de 1965.
GUILLERMO LEON VALENCIA
Mayor General Jaime Fajardo Pinzón, Ministro de Guerra, encargado.
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