Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos del bienio de 1899 y 1900

Rango Decreto
Publicación 1899-11-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que después de haberse seguido en el Misterio de Instrucción Pública la tramitación legal correspondiente, á efecto de abrir al Presupuesto de Gastos del actual bienio económico el crédito suplemental á que se refiere el presente Decreto, el Consejo de Ministros, oído previamente el dictamen favorable emitido por el Consejo de Estado, ha resuelto la apertura del antedicho crédito,

DECRETA:

Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1899 y 1900, un crédito suplemental por la suma de $ 1,900, imputable de la manera siguiente:

VIGENCIA DE 1899 Y 1900

DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA

Capítulo 48

Institutos nacionales de instrucción secundaria y profesional-Personal-Facultad de Derecho

Art. 314 A. para pagar dos signaturas más en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de Bogotá $ 600

Capítulo 52-Gastos varios

Art. 361. A. Para atenderá los gastos que demande la educación del tercer hijo del General Juan E. Ulloa $ 1,300
Suma $ 1,900

Por el Ministerio de Instrucción Pública se dará cuenta de este Decreto al Congreso en sus próximas sesiones, de acuerdo con el artículo 6.° de la Ley 19 de 1894.

Dado en Anapoima, Departamento de Cundinamarca, a 3l de Octubre de 1899.

MANUEL A. SANCLEMENTE

El Ministro del Tesoro,

RAFAEL ORTIZ

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