por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

Rango Decreto
Publicación 1995-04-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Las funciones propias de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios serán cumplidas por la Planta de Personal Global que a continuación se establece:
Número Cargos Denominación del Empleo Código Grado Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 Superintendente 0030 0030 25
6 Asesor 1020 1020 18
1 Técnico Administrativo 4065 4065 16
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 24
2 Secretario Ejecutivo 5040 5040 22
1 Auxiliar Administrativo 5120 5120 17
1 Conductor Mecánico 5310 5310 19
1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 5335 11
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
3 Superintendente Delegado 0110 0110 23
1 Secretario General de Superintendencia 0037 0037 22
2 Director de Superintendencia 0105 0105 19
11 Intendente 0138 0138 19
5 Jefe de Oficina Asesora 1020 1020 15
5 Asesor 1020 1020 14
11 Asesor 1020 1020 11
22 Profesional Especializado 3010 3010 20
24 Profesional Especializado 3010 3010 19
26 Profesional Especializado 3010 3010 18
28 Profesional Especializado 3010
4 Profesional Universitario 3020 3020 09
2 Profesional Universitario 3020 3020 05
5 Técnico Administrativo 4065 4065 1645
45 Tecnólogo 4165 4165 17
3 Secretario Ejecutivo 5040 5040 23
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 22
5 Secretario Ejecutivo 5040 5040 21
13 Secretario Ejecutivo 5040 5040 20
12 Secretario Ejecutivo 5040 5040 18
10 Secretario Ejecutivo 5040 5040 16
6 Auxiliar Administrativo 5120 5120 20
5 Auxiliar Administrativo 120 120 17
5 Conductor Mecánico 5310 5310 15
1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 5335 11
Artículo 2º. El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios mediante Resolución Interna distribuirá los cargos de la Planta Global de que trata este Decreto yubicará el personal de acuerdo con la estructura orgánica, los planes y programas, la naturaleza de los empleos y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La provisión de los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se hará hasta el monto de las apropiaciones presupuestales para la correspondiente vigencia.
Artículo 4º. Las incorporaciones a la Planta de Personal establecida en el artículo 1º de este Decreto y la posesión en el nuevo cargo, deberán realizarse en el término de un mes contado a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.
Artículo 5º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2892 de 1994.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de marzo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Rodrigo Marín Bernal.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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