Por el cual se dispone la manera como debe administrarse el Ferrocarril de la Sabana

Rango Decreto
Publicación 1898-09-29
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República Encargado del Poder Ejecutivo.

DECRETA:

Artículo único. Creáse una Junta compuesta de tres individuos de libre nombramiento y remoción del Poder Ejecutivo, que se llamará "Junta Directiva del Ferrocarril de la Sabana," y la cual tendrá las siguientes funciones:

1ª Crear los empleos necesarios para la cumplida administración del Ferrocarril ;

2ª Señalar las funciones que á cada uno de estos empleados corresponda y los sueldos mensuales que deban de vengar ;

3ª Presentar al Gobierno las ternas para la elección de los empleados que han de nombrarse ;

4ª Dicta los reglamentos necesarios para el servicio y administración de la Empresa ;

5ª Proponer al Gobierno las reformas que haya necesidad de introducir en los Estatutos y Reglamentos de la Empresa para mejorar hasta donde sea posible el servicio del Ferrocarril ;

6ª Proponer igualmente las obras complementarias del Ferrocarril que sea necesario emprender, y fijar los presupuestos de tales obras ;

7.ª Indicar al Gobierno los pedidos que haya necesidad de hacer al extranjero de material fijo ó rodante, útiles herramientas etc. En vista de las necesidades de la Empresa ;

8.ª Estudiar y formular los proyectos de prolongación de la vía hacia Barro blanco y hacía Los Manzanos con cálculos aproximados sobre costo de las obras de prolongación, número de obreros necesarios y tiempo en que puedan terminarse ;

9.ª Examinar cuidadosamente los gastos de conservación y explotación de la línea, vigilar la Contabilidad general de la Empresa y examinar las cuentas del empleado encargado del manejo de los fondos, verificando las existencias en Caja ;

10.ª Examinar y fenecer en primera instancia las cuentas de la Empresa, pasándolas para su examen y fenecimiento definitivo á la Oficina general de Cuentas.

Dado en Bogotá, á 19 de Septiembre de 1898.

JOSE MANUEL MARROQUIN.

El Ministro de Hacienda.

Pedro Antonio Molina.

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