Por el cual se deroga el artículo 2° del Decreto 0170 de 1983, y se causa una novedad en la planta de personal de la Dirección General de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Nombrase con carácter provisional al doctor Pablo Bermúdez Meza, identificado con la cédula de ciudadanía número 19211389 de Bogotá, en el cargo de Administrador de Aduana 2070-08 de la Administración de Aduanas de San Andrés de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el artículo 2º. del Decreto 170 de 31 de enero de 1983.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 25 de febrero de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
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