Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerios de Gobierno y del Trabajo)
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que es conveniente ejercer estricta vigilancia para proteger mejor las actividades pesqueras en las costas del Pacífico, Atlántico y vertientes del Amazonas, y
Que para tal efecto es conveniente la colaboración que presta la Armada Nacional al Ministerio de Agricultura,
decreta:
Artículo único. Facúltase al Ministerio de Agricultura para nombrar, por medio de resoluciones, Inspectores Nacionales de Caza y Pesca ad honorem dentro del personal activo de la Armada Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Guerra,
José María Bernal
El Ministro de Agricultura,
Camilo J. Cabal Cabal.
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