por el cual se modifica el Decreto 2286 de 1996

Rango Decreto
Publicación 1998-03-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y parágrafo 2° del artículo 143 de la Ley 136 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1°. El artículo 1° del Decreto 2286 de 1997, quedará así:

Artículo 1°. Autorizar al alcalde del municipio de Neiva, departamento del Huila, para asumir la competencia de suspender y cancelar la personería jurídica, así como la de inspeccionar, vigilar y controlar las actuaciones de las juntas de acción comunal, juntas de vivienda comunitaria y asociaciones comunales de juntas domiciliadas en la municipalidad, de conformiad con los preceptos del artículo 143 de la Ley 136 de 1994, Decreto 2150 de 1995 y Decreto 0427 de 1996, atendiendo las orientaciones impartidas al respecto por el Ministerio del Interior.

Artículo 2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en santa Fe de Bogotá, D. C. a 20 de marzo de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro del Interior,

Alfonso López Caballero.

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