Por el cual se adiciona el Decreto número 493 del presente año

Rango Decreto
Publicación 1910-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto número 493 de 1910 se dispuso que cada Circunscripción Electoral tuviera un Secretario y un Escribiente, y que dichos empleados fueron llamados de acuerdo con el Decreto número 385 de 1909, que señalaba á la Junta Electoral de Bogotá, un Secretario y tres Escribientes,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase el Decreto número 493 de 1910, en el sentido de que á la Junta Electoral de Bogotá le corresponde para su servicio un Secretario y tres Escribientes con las asignaciones fijadas en dicho Decreto.

Parágrafo. Este gasto se imputará al Departamento de Política Interior, capítulo12, artículo 27 (gastos varios) del Presupuesto de Gastos vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 16 de Junio de 1910.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.