por el cual se prorrogan las funciones del Inspector de Censo de La Goajira y se hace un nombramiento
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Declárese al Inspector de Censo de La Goajira excluido de los dispuesto en el artículo 1.° del Decreto ejecutivo número 420 de 9 de abril de este año. En consecuencia dicho empleado seguirá ejerciendo sus funciones hasta el 30 de junio próximo.
Créase el puesto de ayudante del Inspector de Censo de La Goajira con un sueldo mensual de $30, y facúltase al Comisario Especial para nombrarlo, de acuerdo con el Inspector. Las funciones del Ayudante durarán el mismo tiempo que las de Inspector
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.