Por el cual se adiciona el artículo 3o del Decreto ejecutivo número 712 de 1928
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el señor Rector de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional, por medio del oficio número 15 del 16 de los corrientes, ha comunicado que el Consejo Directivo de la Facultad ha encontrado la necesidad de introducir una adición al artículo 3.° del Decreto número 712 de 1928, por el cual se señala el Reglamento de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, y solicita al Ministerio de Educación Nacional se haga tal adición,
DECRETA:
Artículo único. Adiciónase el artículo 3.° del Decreto número 712 de 1928, por el cual se reglamenta la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Nacional, en la forma siguiente:
Los alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional, desde la fecha del presente Decreto, podrán adicionar la matrícula de cada año con una de las materias correspondientes al pénsum de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. El Rector, para conceder esta matrícula, tendrá en cuenta las clases que curse o haya cursado el respectivo alumno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Educación Nacional,
J. Vicente HUERTAS
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