Por el cual se aumenta el personal de una de las Divisiones de la Policía nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere la Ley 51 de 1925,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase la División de Policía Nacional acantonada en Calamar, con el siguiente personal y asignaciones que se expresan, destinado a la vigilancia del Ingenio de Sincerín:
Un Comisario, con ciento diez pesos mensuales.
Dos Agentes de primera clase, a sesenta pesos mensuales cada uno.
Veinticinco Agentes de segunda clase, a cincuenta y cinco pesos mensuales cada uno.
Este Decreto regirá desde el día de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de marzo de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ - El Ministro de Gobierno, Jorge VELEZ.
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