Por el cual se modifica el marcado con el número 1524 de 1914
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 1.° Desde la fecha del presente Decreto el personal dependiente de la Inspección General de Correos y Telégrafos, que se entienden con la Estadística de los ramos, será el siguiente, que gozará de las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
| Un Jefe de Estadística de ambos ramos | $ | 110 |
|---|---|---|
| Un Subjefe de la Estadística de ambos ramos | 75 | |
| Un primer Ayudante de la Oficina | 45 | |
| Un segundo Ayudante de la Oficina | 35 |
Artículo 2.° Los puestos de Jefe y Subjefe continuarán desempeñándolos, en propiedad, los mismos individuos nombrados en Decreto número 1525 de 1914, y los de primero y segundo Ayudantes serán desempeñados por los señores Marco T. Rodríguez y Manuel J. Pardo, respectivamente.
Artículo 3.° Queda en estos términos reformados el Decreto número 1524 de 1914.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de marzo de 1915.
jose vicente concha
El Ministro de Gobierno,
miguel abadia MENDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.