Sobre el cual se modifica el Decreto número353, de febrero 17 del presente año, distribución de las partidas para becas y pensiones alimenticias de estudiantes
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Modifícase el Decreto número 353, de febrero 17 el presente año, que distribuye las partidas para becas y pensiones alimenticias de estudiantes en los siguientes casos, así:
| Capitulo 69, artículo 1009 | Mensual | Total |
|---|---|---|
| Nueve (9) becas en el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, a $ 18.00 mensuales cada una | 162.00 | 1.620.00 |
| Dos (2) becas en la Facultad de Química a $ 20.00 mensuales cada una | 40.00 | 400.00 |
Parágrafo. La anterior distribución corresponde a diez meses, de febrero a noviembre, inclusive, del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho de Educación Nacional,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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