Por el cual se suprime un impuesto
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 9º de la Ley 22 de 1908,
DECRETA:
Artículo único. Derógase el Decreto número 1134 de 12 de Septiembre de 1907, que gravó con setenta y cinco centavos oro la exportación de la paja toquilla.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 6 de Diciembre de 1909.
RAMON GONZÁLEZ VALENCIA
El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,
Manuel DAVILA FLOREZ
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