Por el cual se hacen un traslado en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-03-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 11 de marzo en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 6057, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE TRABAJO HIGIENE Y PREVISION SOCIAL.

Capítulo 38:
Del artículo 394. . Para compra de materias primas y demás
gastos que ocasione la producción de drogas, vacunas y sueros
destinados a los servicios de Higiene, en la forma ordenada por
el Ministerio $ 909.66
Capítulo 37:
Al artículo 364. Para sueldos del personal del Departamento
Nacional del Trabajo y sus dependencias, en el año 909.66
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de marzo de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

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