Por el cual se trasladan varias partidas en el Presupuesto de Gastos de 1909

Rango Decreto
Publicación 1909-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se trasladan varias partidas en el Presupuesto de Gastos de 1909.

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.º Trasládanse en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909 las siguientes partidas tomadas de las respectivas imputaciones :

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES

Capítulo 28.

Ministerio de Relaciones Exteriores-Personal.

Artículo 219. Sueldos de los empleados del Ministerio en el año, así :

Sección 1.ª- Servicio Diplomático-Asuntos internacionales, pasaportes, informaciones y negocios generales.

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO

DEPARTAMENTO DEL TESORO

Capítulo54.

Juzgado de Ejecuciones Fiscales-Personal.

Artículo 292. Sueldos de los empleados en el año, así:

Capítulo 59.

Gastos varios.

Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE GOBIERNO

DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR

Capítulo 1.ºbis.

Congreso-Personal.

Cámara del Senado.

Artículo 1.° A. Sueldos de los Senadores y de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara en las sesiones extraordinarias de 1909:

Cámara de Representantes.

Artículo 2.° A. Sueldos de los Representantes y de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara en las sesiones extraordinarias de 1909:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES

Capítulo 28.

Ministerio de Relaciones Exteriores-Personal.

Artículo 219. Sueldos de los empleados del Ministerio en el año :

Sección 1.A-Servicio Diplomático, asuntos internacionales, pasaportes, informaciones y negocios generales.

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Capítulo 34.

Ramo de Hacienda-Personal.

Artículo 231. Sueldos de los empleados de este Ministerio en el año, así:

Sección 1.º-Negocios Generales.

Capítulo 37.

Aduanas-Material.

DEPARTAMENTO DEL TESORO

Capítulo 56.

Comisión de Suministros, Empréstitos y Expropiaciones.

Artículo 249. Sueldos de los empleados en el año:

Capítulo 59.

Gastos varios.

MINISTERIO DE INTRUCCION PUBLICA

DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA

Capítulo 82.

Circunscripción Escolar de Bogotá.

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en su libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 6 de Diciembre de 1909.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,

manuel DAVILA FLORES

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