Por el cual se crean un Juzgado Civil de Circuito y unos Juzgados Municipales, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1953-03-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la Republica de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

decreta:

Artículo 1° Créase el Juzgado Segundo Civil de Circuito de Pereira, en el Distrito Judicial de Pereira, con jurisdicción territorial, personal y asignaciones iguales a las del actual Juzgado Civil del mismo Circuito.
Artículo 2° Créanse dos Juzgados Municipales, uno Penal y otro Civil, en el Municipio de Bucaramanga, Distrito Judicial del mismo nombre; y uno en cada uno de los siguientes Municipios, con el personal y asignaciones de los de su clase: Barrancabermeja, del Distrito Judicial de Bucaramanga; Buga, del Distrito Judicial de Buga, e Ipiales, del Distrito Judicial de Pasto.
Artículo 3° Los dos Juzgados del Circuito Judicial de Istmina, en el Distrito Judicial de Quibdó, conocerán en adelante promiscuamente de las ramas Civil y Penal.
Artículo 4° Créanse sendas Notarias Segundas en Buga y Bugalagrande, Departamento del Valle, con cabeceras en los Municipios del mismo nombre.
Artículo 5° Créase el Circulo Notarial de Herveo, Departamento del Tolima con Jurisdicción en el Municipio del mismo nombre.
Artículo 6° Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual regirá desde la fecha de su promulgación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno,

Luis Ignacio Andrade.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Juan Uribe Holguín.

El Ministro de Justicia,

José Gabriel de la Vega.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Encargado, del Ministerio de Fomento,

Antonio Alvarez Restrepo.

El Ministro de Guerra,

José María Bernal.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Camilo J. Cabal Cabal.

El Ministro del Trabajo,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Higiene,

Alejandro Jiménez Arango.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Rodrigo Noguera Laborde.

EL Ministro de Educación Nacional,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Carlos Albornoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leyva.

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