Por el cual se abre un crédito adicional extraordinario a la Ley de Apropiaciones para el año de 1926

Rango Decreto
Publicación 1926-01-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Artículo único. Abrese a la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia, un crédito adicional extraordinario hasta por la suma de trescientos mil pesos ($ 300,000), que llevará la siguiente imputación:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 66

Artículo 711 A.

Para pagar el área comprada y atender a los gastos de construcción de un edificio en Cali, para las oficinas nacionales $ 300,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de enero de 1926.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO-El Secretario del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho, José Arturo Andrade.

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