Por el cual se distribuye una partida global del presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1929-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida de doscientos sesenta mil pesos ($ 260,000) que figura en el capítulo 25, artículo 320, del Presupuesto vigente, para gastos de elaboración, explotación y demás que se ocasionen en las Salinas, se distribuye así:
Para la de Zipaquirá y sus subalternas de Gacheta, Nemocón, Sesquilé y Tausa $ 200,000
Para la de Chita y Muneque 8,000
Para la de Chámeza y Recetor 2,000
Para la de Cumaral y Upín 50,000
Total $ 260,000
Publíquese. Dado en Bogotá a 17 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO Publíquese. Dado en Bogotá a 17 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO
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