Por el cual se adiciona el Decreto número 2325 de 1935
E1 Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales,
decreta:
Artículo único. Además de los negocios señalados en el Decreto número 2325 de 1935, el Congreso se ocupará, durante las presentes sesiones, extraordinarias, de los siguientes proyectos de ley:
(Pendientes en el Senado do la República).
"Por la cual se dictan varias disposiciones sobre bancos, ahorros, crédito hipotecario y bolsas de valores";
"Sobre vagancia y ratería";
(Pendientes en la Cámara de Representantes).
"Sobre protección al cultivo del algodón nacional";
"Sobre libertad provisional," y
"Por la cual se autoriza a los Municipios para aumentar el impuesto predial."
Queda en estos términos adicionado el Decreto número 2325 de 1935.
Comuníquese y publíquese.
Dudo en Bogotá a 14 de enero de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO
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