por el cual se modifica la Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y se fija la Planta de Soldados de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1998

Rango Decreto
Publicación 1998-03-26
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 189 ordinal 14 y 217 de la Constitución Política, y el artículo 2° de la Ley 131 de 1985,

DECRETA:

Artículo 1°. La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 1998, quedará constituida de la siguiente forma:
Alféreces, guardiamarinas, pilotines y cadetes 2.930
Artículo 2°. La Planta de Soldados para la vigencia de 1998 será la siguiente:
Soldados regulares e infantes de marina 96.838
Soldados alumnos y grumetes 3.750
Soldados voluntarios 24.831
TOTAL GENERAL 125.419
Artículo 3°. La presente planta será distribuida mediante resolución ministerial entre las Fuerzas Militares, de acuerdo a las necesidades del servicio.
Artículo 4°. Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la institución.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2688 de 1997 y todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio J. Urdinola.

El Ministro de Defensa Nacional,

Gilberto Echeverri Mejía.

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