Que adiciona i reforma el decreto número 428 de 1876
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Entre los gastos que ce causen en la Universidad nacional, especificados en el artículo 1.° del decreto número 428 de este año, se incluyen los sueldos de los empleados de la Biblioteca nacional i los de cuatro
Practicantes i un Boticario del Hospital de Caridad de esta ciudad.
Dado en Bogotá, a 27 de setiembre de 1876.
AQU1LEO PARRA.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Cárlos Nicolas Rodríguez.
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