Por el cual se hace un traslado en el presupuesto extraordinario de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el honorable Consejo de Ministros autorizó el traslado solicitado por el Ministerio de Obras Públicas de la suma de $ 30,0000 dentro del capítulo 70 del Presupuesto vigente,
Decreta:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado dentro del capítulo 70 del Presupuesto extraordinario de la vigencia en curso:
| Del artículo 355 A | $30.000 | |
|---|---|---|
| Al artículo 355 C. (nuevo). Para gastos en las obras del puerto terminal del ferrocarril de Cundinamarca | 30.000 | |
| Sumas iguales | $30.000 | 30.000 |
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1934.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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