Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1973
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 2373 de diciembre 15 de 1972, adicinó el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas de la vigencia de 1972, en la cantidad de $3.000.000.00 (tres millones de pesos moneda corriente), para entregar al Fondo de Inmuebles Nacionales con destino a la compra de un edificio para el Ministerio de Gobierno;
Que la partida anterior se debe incorporar en el presupuesto del Fondo de Inmuebles Nacionales en 1973, para ser ejecutada en esta vigencia, y
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $ 3.000.000.00 (tres millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle:
| Presupuesto de Ingresos. | ||
|---|---|---|
| Ingresos no tributarios. | ||
| Aportes. | ||
| Numeral 1. Aporte del Gobierno Nacional Ministerio de Obras Públicas, con recursos ordinarios | 3.000.000.00 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $3.000.000.00 (tres millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución:
| Presupuesto de Gastos. | ||
|---|---|---|
| Inversión directa. | ||
| Programa 01. | ||
| Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. | ||
| Artículo 01. Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. | ||
| Proyecto 8. Compra edificio Ministerio de Gobierno | $ | 3.000.000.00 |
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 10 de abril de 1973.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.
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