Sobre prórroga de la vigencia del Decreto número 280 de 1916 (22 de febrero)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
La distribución que por Decreto número 289, de 22 de febrero de 1916, se hizo de la partida de $ 22.400 señalada en el Presupuesto de gastos para la vigencia de 1916 y que es la misma del Presupuesto actual, continuará rigiendo en la misma forma y condiciones establecidas en dicho Decreto, para la vigencia de 1º. de marzo de 1917 a 28 de febrero de 1918.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de marzo de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
Miguel ABADIA MENDEZ.
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