Por el cual se fija la base para el pago de giros postales en la Administración de Correos de Agua de Dios

Rango Decreto
Publicación 1919-03-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

decreta :

Artículo único. Fijase en $ 500 la base para pago de giros postales, y en $ 1,000 el máximum de la suma que se puede emitir mensualmente, para el mismo servicio, en la Administración de Correos de Agua de Dios.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZnone El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.

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