Por el cual se adiciona la primera liquidación del presupuesto de gastos del bienio de 1897 y 1898

Rango Decreto
Publicación 1897-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

Que el Ministro de Hacienda ha solicitado un crédito de $ 20,000 para dar cumplimiento á la Ley 96 de 1896, por la cual se limitan los terrenos correspondientes á las minas de Muzo y Coscuez ; y

Que en la primera liquidación del Presupuesto de Gastos vigente no se incluyó dicho crédito, porque cuando ella se hizo, el Ministro expresado carecía de los datos necesarios que ahora presenta,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase la primera Liquidación del Presupuesto de Gastos de 1897 y 1898 con el crédito de $ 20,000, imputable al Departamento de Hacienda, Capítulo 35, Artículo 282-A. Para dar cumplimiento al artículo 2.° de la Ley 96 de 1896, sobre levantamiento de los planos de las minas de Muzu y Coscuez y de los terrenos adyacentes que deba conservar la República, hasta $ 20,000

Dado en Bogotá, á 4 de Noviembre de 1897.

El Ministro del Tesoro,

Daniel J. Reyes.

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