por el cual se deroga el Decreto 397 del 5 de marzo de 1992
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto 1666 de 1991,
DECRETA:
Articulo 1º Derógase en todas sus partes el Decreto número 397 de 5 de marzo de 1992.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá. D. C., a 1º de abril de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Fabio Villegas Ramírez.
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