Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886

Rango Decreto
Publicación 1886-09-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultados legales, y

CONSIDERANDO :

1.° Que la partida votada en el Presupuesto de Gastos de la presente vigencia, para atender al pago del personal de la Tesorería general, ha sido agotada ;

2.° Que es preciso cubrir algunos créditos con imputación al mismo capítulo,

DECRETA :

Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1885 á 1886, el siguiente crédito suplemental:

Departamento del Tesoro.

Capítulo 5.°

Tesorería general (Personal) $ 190 40

Dado en Bogotá, á 31 de Agosto de 1886.

J. M. CAMPO SERRANO.

El Ministro del Tesoro,

Jorge Holguín.

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